«YO NO MANEJABA, NO ESTOY OBLIGADO A DECIR QUIÉN FUE»

Cuándo Usarlo:

Este es un argumento complejo pero fundamental. Usalo si vos NO eras el conductor al momento de la infracción, pero no querés o no podés identificar a la persona que sí manejaba (por ejemplo, porque es un familiar cercano como tu cónyuge, padre, madre o hijo/a).

La defensa se basa en dos pilares constitucionales:

Tu declaración jurada: Afirmás bajo juramento que no eras el conductor, lo cual tiene peso legal.

Tu derecho a no autoincriminarte: Este derecho, garantizado por la Constitución, se extiende a no estar obligado a incriminar a tus familiares más directos.

Con este argumento, le decís a la autoridad: «Yo no fui. Y la ley no puede obligarme a convertirme en un ‘delator’, especialmente contra mi familia, para poder probar mi propia inocencia. La carga de probar quién manejaba es del Estado, no mía.» Es una defensa de principios, que invoca tus derechos más básicos.

Fundamento Legal (Para Saber Más):

Derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo («Nemo tenetur se ipsum accusare»): Artículo 18 de la Constitución Nacional. Es la garantía central de esta defensa.

Principio de Inocencia (Art. 18 C.N.): El Estado debe probar tu culpabilidad, no vos tu inocencia.

Principio de Personalidad de la Pena: La sanción es personal e intransferible. No se puede sancionar al dueño por la acción del conductor.

Tratados Internacionales de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, etc.): Protegen las garantías procesales y el derecho a no incriminar a familiares cercanos.