Fotomultas en Tigre: sanción a Julio Zamora y el conflicto con CECAITRA

El Tribunal de Cuentas bonaerense dictó un fallo histórico contra el intendente de Tigre, Julio Zamora, por adjudicar sin licitación el sistema de fotomultas a la Cámara de Empresas de Control y Administración de Infracciones de Tránsito de la República Argentina (CECAITRA), una asociación civil sin fines de lucro que no posee capacidad jurídica ni fiscal para operar como concesionaria de un servicio público.
Según el fallo, CECAITRA —que no paga IVA, Ganancias ni Ingresos Brutos— montó un negocio millonario con las fotomultas en varios municipios bonaerenses, firmando contratos directos sin licitación, violando las normas de contratación pública y los principios básicos de la función estatal de control.
Responsabilidad patrimonial y sanciones inéditas
El Tribunal responsabilizó personalmente al intendente Julio Zamora, a la contadora municipal Roxana Di Cola y al secretario de Economía y Hacienda Guillermo Gómez. Todos deberán responder con su patrimonio personal por los perjuicios económicos detectados.
El fallo remarca que CECAITRA, pese a presentarse como una cámara empresarial, actuó en los hechos como una concesionaria privada: instalaba radares, procesaba infracciones, administraba bases de datos y participaba de la recaudación. Un rol que excede cualquier figura asociativa sin fines de lucro.
Un sistema bajo la lupa: del negocio a la impugnación
Tras la sanción, el municipio de Tigre suspendió el contrato con CECAITRA y convocó a una nueva licitación pública. Sin embargo, la historia no terminó allí: la propia CECAITRA se presentó a impugnar el pliego de la licitación, cuestionando sus términos y dejando abierta la posibilidad de volver a participar a través de otro tipo societario que sí cuente con capacidad legal.
Las medidas adoptadas por el municipio ya trajeron cola, generando tensiones políticas y jurídicas que reavivan un viejo debate: ¿puede el Estado delegar el ejercicio de su poder de control a un privado?
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El deber de policía: una función indelegable del Estado
Más allá de las irregularidades cometidas por el intendente de Tigre, lo verdaderamente preocupante es la práctica de tercerizar el ejercicio del poder de policía, que es una potestad exclusiva e indelegable del Estado. Al contratar a una empresa privada para fiscalizar y sancionar infracciones, el municipio transfiere de hecho una función que la ley reserva únicamente al poder público.
Esta tendencia, extendida en muchos municipios bonaerenses, ha convertido la seguridad vial en una fuente de recaudación tercerizada. El fin preventivo fue reemplazado por el fin recaudatorio.
De la ANSV a los municipios: el modelo que nunca murió
El caso de Tigre no puede entenderse sin su contexto histórico. Tal como revelamos en nuestro informe “CECAITRA y ANSV: la historia del acuerdo que creó el negocio de las fotomultas”, la raíz del problema se remonta al acuerdo original entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial y CECAITRA, que permitió a empresas privadas participar del cobro de multas a cambio de un porcentaje de lo recaudado.
Ese modelo, nacido a nivel nacional, fue replicado por decenas de municipios, generando un entramado de contratos opacos y un sistema de incentivos perversos: cuanto más se multa, más se gana.
Conclusión: un fallo que puede marcar un antes y un después
El fallo del Tribunal de Cuentas contra Julio Zamora no solo tiene impacto político, sino también jurídico. Marca un precedente contundente sobre los límites de la tercerización del poder de policía y podría impulsar a otros municipios a revisar sus propios contratos de fotomultas.
Mientras tanto, CECAITRA busca volver al negocio bajo nuevas formas societarias y los municipios enfrentan la disyuntiva de elegir entre la comodidad recaudatoria o el respeto al principio de legalidad y control estatal.
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