«CRUCÉ EN ROJO PORQUE ME LO ORDENÓ UN AGENTE DE TRÁNSITO»

 

Cuándo Usarlo:

Este es tu argumento si recibiste una fotomulta por cruzar con el semáforo en rojo, pero lo hiciste porque un agente de tránsito que estaba presente en el lugar te dio la orden explícita de avanzar.

La Ley de Tránsito establece un orden de prioridad en las señales, y las indicaciones de un agente de tránsito están por encima de cualquier semáforo o cartel. Al obedecer al agente, estabas cumpliendo la ley en su máxima expresión. La cámara, al ser un sistema automático, no puede registrar la presencia ni las órdenes del agente, por lo que la multa que genera es errónea.

Tu defensa será más fuerte si podés aportar detalles del contexto:

¿Había un embotellamiento muy grande?

¿Se estaba desviando el tránsito por un accidente, una manifestación o un evento especial?

¿Había otros vehículos haciendo lo mismo por orden del agente?

¿Podés describir al agente (su ubicación en la esquina, los gestos que hacía)?

Si tenías un testigo en el auto, mencionalo.

Fundamento Legal (Para Saber Más):

Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 (Artículo 42 – Prioridad Normativa): Este es el artículo clave que establece explícitamente que las indicaciones del agente de tránsito están por encima de las del semáforo.

Principio de Obediencia Debida: Principio general del derecho que exime de responsabilidad a quien actúa cumpliendo una orden de una autoridad competente en el ejercicio de sus funciones.

Nulidad por Causa Falsa en el Acto Administrativo: El hecho que motiva la multa (una supuesta «violación») es falso, ya que la conducta estaba legalmente ordenada y justificada.

Derecho de Defensa (Art. 18 C.N.).