DEFENSA POR MULTA DE LUCES BAJAS TENIENDO LUCES DIURNAS (DRL) ENCENDIDAS

 

Cuándo Usarlo:

Esta es tu defensa si tu vehículo cuenta con Luces de Circulación Diurna (conocidas como DRL, por sus siglas en inglés) y te hicieron una multa en una ruta nacional por no llevar las luces bajas encendidas durante el día.

A partir de una modificación a la Ley Nacional de Tránsito en 2017, se autorizó formalmente el uso de las DRL como equivalentes a las luces bajas en rutas nacionales durante las horas de luz solar. Las DRL son las luces (generalmente LED) que se encienden automáticamente al poner el auto en marcha.

Advertencia importante: Algunas jurisdicciones provinciales (como Córdoba) no han adherido a esta modificación nacional y siguen exigiendo las luces bajas en sus rutas provinciales. Por lo tanto, este argumento es más fuerte en rutas nacionales, aunque también puede plantearse en rutas provinciales argumentando la primacía de la ley nacional y la tecnología del vehículo.

Fundamento Legal (Para Saber Más):

Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, Artículo 47 (texto según modificación de la Ley 27.425): Es la ley que explícitamente autoriza el uso de las luces diurnas (DRL) como reemplazo de las luces bajas en rutas nacionales durante el día.

Principio de Legalidad (Art. 19 C.N.): Si la conducta (circular con DRL) está permitida por la ley, no puede ser sancionada.

Principio de Ley Especial: La modificación que introduce las DRL es una ley específica y posterior que prevalece sobre interpretaciones anteriores.