Cuándo Usarlo:
Este es tu argumento si te multaron por no tener la VTV (Verificación Técnica Vehicular) o RTO (Revisión Técnica Obligatoria) pero tu vehículo es nuevo (0km) y todavía no había cumplido el plazo legal para realizar la primera verificación.
La ley establece un «período de gracia» para los vehículos nuevos, durante el cual no están obligados a realizar la VTV. Este plazo puede variar ligeramente según la jurisdicción, pero la norma general es:
Provincia de Buenos Aires: Los vehículos 0km están exentos por 24 meses (2 años) desde la fecha de patentamiento original.
CABA y Ley Nacional: La exención es de 36 meses (3 años) desde el patentamiento, siempre que el auto no alcance los 60.000 km antes de ese tiempo.
¿Cómo verificarlo? Mirá la fecha de patentamiento en la cédula verde de tu auto. Si la fecha de la multa está dentro de los 2 o 3 años posteriores (según tu jurisdicción), la infracción no existe.
Fundamento Legal (Para Saber Más):
Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y su Decreto Reglamentario 779/95: Establecen el marco general de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y sus plazos. La Ley 26.363 establece la exención de 36 meses para 0km.
Decreto 4103/95 (Provincia de Buenos Aires) y normativas posteriores: Regula la VTV en la provincia y establece el período de gracia específico de 24 meses para vehículos de uso particular.
Principio de Legalidad (Art. 19 C.N.): No se puede exigir una obligación (ni sancionar su incumplimiento) si la propia ley te exime de ella.