«LA MULTA ES DE UN AUTO QUE YA NO TENGO (LO VENDÍ, ME LO ROBARON, SE DESTRUYÓ)»

 

Cuándo Usarlo:

Este es tu argumento si te llegó una multa de un vehículo que, en la fecha de la infracción, ya no estaba bajo tu responsabilidad legal o física. La ley establece que el responsable es quien tiene el uso y control del auto (el «guardián»), no necesariamente quien figura como titular si ya se desvinculó de él.

Elegí la variante que corresponda a tu situación y prepará la documentación que lo prueba. Este documento es la clave de tu defensa.

Caso A (El más fuerte): Vendiste el auto e hiciste la Denuncia de Venta. Esta es la defensa estándar y muy sólida, diseñada específicamente para esta situación.

Prueba Clave: Constancia de la Denuncia de Venta emitida por el Registro Automotor.

Caso B (Muy Fuerte): El auto fue transferido. Ya hay un nuevo titular legal.

Prueba Clave: Informe de Dominio actualizado o una copia del Título del nuevo dueño.

Caso C (Muy Fuerte): Te robaron el auto. Perdiste la posesión de forma involuntaria.

Prueba Clave: Denuncia policial del robo con fecha anterior a la multa.

Caso D (Definitivo): El auto fue dado de baja. El vehículo legalmente ya no existe o no puede circular. (Por robo, destrucción total, incendio).

Prueba Clave: Certificado de Baja del Registro Automotor.

Caso E (El más débil, pero útil): Vendiste el auto y solo tenés un contrato. No hiciste la denuncia de venta, pero tenés un documento privado.

Prueba Clave: Boleto de compra-venta o contrato firmado, con fecha anterior a la multa.

Fundamento Legal (Para Saber Más):

Régimen Jurídico del Automotor (Decreto Ley 6582/58): Especialmente su Artículo 27, que establece los efectos liberatorios de la denuncia de venta.

Código Civil y Comercial de la Nación: Artículos sobre la responsabilidad civil por el hecho de las cosas (la responsabilidad recae en el «guardián» de la cosa, quien tiene el poder de dirección y control sobre ella).

Derecho de Defensa y Debido Proceso (Art. 18 C.N.).