Cuándo Usarlo:
Este es tu argumento si un agente de tránsito te hizo una multa por «no portar el comprobante de seguro», pero vos le mostraste la constancia en formato digital desde tu celular (por ejemplo, el PDF de la póliza, una foto de la tarjeta, o a través de la aplicación de tu compañía de seguros).
Desde el año 2018, por normativas nacionales y resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación, el comprobante de seguro digital tiene exactamente la misma validez legal que el impreso en papel. Ya no es obligatorio llevar la tarjeta plástica o el recibo físico en el vehículo.
Esta multa es nula porque el agente aplicó un criterio desactualizado o actuó con desconocimiento de la ley vigente. Vos cumpliste con tu obligación legal de acreditar la existencia del seguro.
Fundamento Legal (Para Saber Más):
Resolución SSN 219/2018 de la Superintendencia de Seguros de la Nación: Es la norma clave que habilita explícitamente la validez del comprobante en formato digital.
Decreto Nacional 27/2018 (y modificatorios): Impulsó la digitalización de la documentación vehicular a nivel nacional.
Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 (Artículo 68): Establece la obligación de tener un seguro, y las normas mencionadas anteriormente modernizaron la forma de acreditar su cumplimiento.
Principio de Legalidad (Art. 19 de la Constitución Nacional): No se puede sancionar una conducta que no está prohibida o que cumple con las exigencias legales vigentes.