«MI AUTO NO PUDO ESTAR AHÍ»: DEFENSA POR COARTADA DEL VEHÍCULO

 

Cuándo Usarlo:

Este argumento es una de las defensas más fuertes que existen, porque se basa en una prueba de coartada para tu vehículo. La idea es demostrar que tu auto físicamente no pudo haber estado en el lugar de la infracción en ese momento.

Elegí la variante que corresponda a tu situación y prepará la documentación que lo demuestre de forma irrefutable, ya que la prueba es la clave del éxito.

Caso A: Estaba en un taller mecánico.

Prueba Clave: Orden de reparación o factura del taller, con fecha y hora de ingreso y egreso del vehículo.

Caso B: Estaba secuestrado en un corralón municipal/policial.

Prueba Clave: Acta de secuestro del vehículo o el comprobante de liberación del corralón que muestre claramente las fechas en que estuvo retenido.

Caso C: Estaba de viaje en otra provincia o ciudad.

Prueba Clave: Comprobantes de peaje (Telepeaje), tickets de combustible de otra localidad (si la tarjeta de crédito registra la patente), o registros de GPS.

Caso D: El motor (u otra parte esencial) estaba desarmado.

Prueba Clave: Factura o constancia del taller de rectificación o del mecánico que certifique que el motor estaba fuera del vehículo en esa fecha.

Fundamento Legal (Para Saber Más):

Principio de Verdad Material: La administración debe buscar y priorizar la verdad real de los hechos.

Nulidad por Falsedad en la Causa del Acto Administrativo: Si el hecho que motiva la multa es falso, la multa es nula.

Derecho de Defensa y a Ofrecer Prueba (Art. 18 de la Constitución Nacional): El derecho a presentar pruebas que demuestren la imposibilidad del hecho.

Principio de Inocencia (Art. 18 C.N.): Una prueba de coartada sólida destruye la presunción de veracidad del acta.