Cuándo Usarlo:
Este argumento es tu defensa si la fotomulta que recibiste tiene una imagen de mala calidad que impide identificar correctamente tu vehículo. Usalo si la fotografía presenta alguno de estos problemas:
Es borrosa, oscura o está pixelada: No se puede leer con claridad el número de la patente.
Aparecen varios vehículos: La imagen muestra más de un auto en el encuadre y no es posible determinar con certeza cuál de ellos es el que está cometiendo la infracción.
No se ve el entorno: La foto es un primer plano tan cerrado de la patente que no se puede identificar el lugar, la calle o el contexto donde ocurrió la supuesta falta.
La fotografía es la prueba principal en tu contra. Si esa prueba es defectuosa o no es concluyente, la multa no tiene validez.
Fundamento Legal (Para Saber Más):
Derecho de Defensa y Debido Proceso (Art. 18 de la Constitución Nacional): Tenés derecho a que la prueba en tu contra sea clara y concluyente.
Principio «»In Dubio Pro Reo»» (en caso de duda, a favor del acusado): Principio del derecho penal, aplicable al derecho de faltas, que establece que ante la falta de certeza probatoria no puede haber condena.
Ley Nacional de Tránsito N° 24.449: Exige que la constatación de la falta sea fehaciente. Una foto ilegible no es una constatación fehaciente.