NULIDAD DEL ACTA POR NO INCLUIR LA SECUENCIA FOTOGRÁFICA REQUERIDA

 

Cuándo Usarlo:

Este es un argumento muy técnico y específico de ciertas jurisdicciones y tipos de falta. El caso más conocido es el de las multas por cruzar un semáforo en rojo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

La ley de CABA (Ley 451, Código de Faltas) exige que, para que la multa por cruzar en rojo sea válida, se adjunten dos fotografías como mínimo:

Una foto que muestre el vehículo antes de la línea de detención, con el semáforo claramente en rojo.

Una segunda foto que muestre el vehículo habiendo cruzado la intersección, con el semáforo aún en rojo.

Revisá tu fotomulta. Si es por cruzar en rojo en CABA y solo tiene una foto (o ninguna), es nula. Deberás verificar si en la jurisdicción donde te multaron existe una normativa local similar que exija una secuencia de fotos para el tipo de infracción que te imputan.

Fundamento Legal (Para Saber Más):

Leyes y ordenanzas de procedimiento de faltas de la jurisdicción específica: El ejemplo más claro es el Código de Faltas de CABA (Ley 451) y sus reglamentaciones para la constatación de violación de semáforo en rojo.

Derecho de Defensa y Principio de Legalidad (Art. 18 de la Constitución Nacional): La administración está obligada a seguir sus propias reglas y procedimientos para poder sancionar.

Principio de Interpretación Restrictiva en materia sancionatoria: Las normas que establecen sanciones y los procedimientos para aplicarlas deben ser interpretadas de la forma más estricta posible.