Cuándo Usarlo:
Revisá con atención el acta de infracción. Este argumento es para vos si te encontrás con alguna de estas situaciones:
El campo «Fecha» o el campo «Hora» están completamente en blanco.
La fecha es claramente errónea o imposible (por ejemplo, una fecha futura, o un día que no existe como el 31 de abril).
La hora es genérica (ej. «mañana», «tarde») o directamente no figura en el acta.
La indicación precisa del momento exacto de la supuesta infracción es un requisito no negociable. Si falta, el acta es inválida porque no te podés defender correctamente.
Fundamento Legal (Para Saber Más):
Derecho de defensa y debido proceso (Art. 18 de la Constitución Nacional).
Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 (especialmente Art. 70, inciso c, que exige explícitamente lugar, fecha, hora y causa de la infracción).
Principios del derecho administrativo sobre la precisión y certeza que deben tener los actos de la administración pública.